PASATIEMPO
gracias por entrar a esta tu casa no seas malo ni mala
un saludo y disfruta

PASATIEMPO

pasatiempo, descargas, juegos, gratis
Índice­Portal­Galería­Registrarse­Conectarse
Publicar nuevo tema   Responder al temaCompartir | 
 

 la famosa ley de descarga en ESPAÑA

Ver el tema anterior Ver el tema siguiente Ir abajo 
AutorMensaje
juaneles
ADMINISTRADOR
ADMINISTRADOR


Masculino
Cantidad de envíos: 2166
Edad: 30
Localización: El Ejido (Almeria)
Fecha de inscripción: 14/03/2008

MensajeTema: la famosa ley de descarga en ESPAÑA   Miér Ene 13, 2010 10:59 pm

El acoso sexual, más barato que la copia ilegal

La absurda ley española sobre descargas de Internet y copias de DVD


¿Es sensato que descargarse canciones de Internet o copiar películas
sin permiso tenga penas más graves que el acoso sexual o la violencia
contra las personas? No es sensato, pero así lo prescribe la ley
española. Por la Red circula una detallada denuncia de la absurda ley
española sobre esta materia. Basta leerla para darse cuenta del enorme
contrasentido en el que vivimos. Todos estamos de acuerdo en proteger
los derechos de autor, pero la forma en que lo hace nuestro código
penal es simplemente redícula. Todo cabreo está sobradamente
justificado.


1. PREGUNTA
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis decide que prefiere el disco original y va a El Corte Inglés a
hurtarlo. Una vez allí, y para no dar dos viajes, opta por llevarse
toda una discografía. La suma de lo hurtado no supera los 400 euros.
RESPUESTA: La descarga de la canción sería un delito con pena de 6
meses a dos años. El hurto de la discografía en El Corte Inglés ni
siquiera sería un delito, sino una simple falta ( art.623.1 del Código
Penal).

2. PREGUNTA:
a) Luis se descarga una canción de Internet.
b) Luis va a hurtar a El Corte Inglés y, como se la va la mano, se lleva cincuenta compactos, por valor global de 1.000 euros.
RESPUESTA: Seguiría siendo más grave la descarga de Internet. El hurto
sería un delito, porque supera los 400 euros, pero sería de menor pena
que la descarga (art. 234 del Código Penal).

3. PREGUNTA:
a) Sergio, en el pleno uso de sus facultades mentales, se descarga una canción de Malena Gracia.
b) Sergio, en un descuido de Malena Gracia, se lleva su coche y lo devuelve 40 horas después.
RESPUESTA: Sería mas grave la descarga. El hurto de uso de vehículo
tiene menos pena, a tenor del artículo 244.1 del Código Penal.

4. PREGUNTA:
a) Ocho personas se intercambian copias de su música favorita.
b) Ocho personas participan en una riña tumultuosa utilizando medios o
instrumentos que pueden poner en peligro sus vidas o su integridad
física.
RESPUESTA: Es menos grave participar en una pelea que participar en el
intercambio de compactos. Participar en una riña tumultuosa tiene una
pena de tres meses a un año (art. 154 del Código Penal) y el
intercambio tendría una pena de 6 meses a 2 años (art. 270 del Código
Penal). Si algún día te ves obligado a elegir entre participar en un
intercambio de copias de CDs o participar en una pelea masiva, escoge
siempre la segunda opción, que es obviamente menos reprobable.

5. PREGUNTA:
a) Juan copia la última película de su director favorito de un DVD que le presta su secretaria Susana.
b) Juan, aprovechando su superioridad jerárquica en el trabajo, acosa
sexualmente a su secretaria Susana.
RESPUESTA: El acoso sexual tendría menos pena según el artículo 184.2 del Código Penal.

6. PREGUNTA:
a) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar copias de películas educativas de dibujos animados
protegidas por copyright y sin autorización de los autores.
b) Pedro y Susana van a un colegio y distribuyen entre los alumnos de
preescolar películas pornográficas protagonizadas y creadas por la
pareja.
RESPUESTA: La acción menos grave es la de distribuir material
pornográfico a menores según el artículo 186 del Código Penal. La
distribución de copias de material con copyright sería un delito al
existir un lucro consistente en el ahorro conseguido por eludir el pago
de los originales cuyas copias han sido objeto de distribución.

7. PREGUNTA:
a) Ramón, que es un bromista, le copia a su amigo el último disco de
Andy y Lucas, diciéndole que es el ´Kill´em All´ de Metallica.
b) Ramón, que es un bromista, deja una jeringuilla infectada de SIDA en un parque público.
RESPUESTA: La segunda broma sería menos grave, a tenor del artículo 630 del Código Penal.

8. PREGUNTA:
a) Juan fotocopia una página de un libro.
b) Juan le da un par de puñetazos a su amigo por recomendarle ir a ver la película ´Los Ángeles de Charlie´.
RESPUESTA: La acción más grave desde un punto de vista penal sería la
´a´, puesto que la reproducción, incluso parcial, seria un delito con
pena de 6 meses a dos años de prisión y multa de 12 a 24 meses. Los
puñetazos, si no precisaron una asistencia médica o quirúrgica, serían
tan sólo una falta en virtud de lo dispuesto en el artículo 617 en
relación con el 147 del Código Penal.

Hala chavalotes, ya sabéis: pegad, violad, acosad, robad, pero no uséis
el E-mule. A esto hay que darle la mayor vuelta posible por toda la red
a ver si alguien con criterio pone algún remedio.

FUENTE
http://hispanismo.org/informatica/7000-la-absurda-ley-espanola-sobre-descargas-de-internet-y-copias-de-dvd.html

_________________
-----------------><-------------------
Volver arriba Ir abajo
Ver perfil de usuario http://pasatiempo.espanaforo.com
juaneles
ADMINISTRADOR
ADMINISTRADOR


Masculino
Cantidad de envíos: 2166
Edad: 30
Localización: El Ejido (Almeria)
Fecha de inscripción: 14/03/2008

MensajeTema: Re: la famosa ley de descarga en ESPAÑA   Miér Ene 13, 2010 11:02 pm

DIEZ PREGUNTA SOBRE LA LEY QUE QUIERE IMPLANTAR NUESTRA AMADA MINISTRA

1. ¿Por qué se aborda ahora esta reforma?



En
España no es delito el intercambio de archivos a través de redes P2P si
no existe ánimo de lucro. Tampoco está claro que incumplan la ley las
famosas páginas de enlaces a obras protegidas. En los últimos años,
varias sentencias judiciales han desestimado las demandas de la SGAE y
demás entidades de gestión de derechos de autor contra estas páginas,
una situación que la industria cultural considera intolerable.


Al Gobierno le preocupan también las advertencias que llegan desde EEUU,
que ha incluido a España en una lista negra de países piratas.
La reforma propuesta, sin embargo, busca un atajo diferente al camino
que están siguiendo otros países europeos, que están penalizando a los
usuarios de redes P2P con la desconexión a internet. En lugar de
prohibir el intercambio de archivos o multar a los internautas, el
Ejecutivo de Zapatero intenta bloquear las páginas que centralizan gran
parte de la información sobre las descargas a través de un
procedimiento administrativo, lo más rápido posible. Desde el Gobierno
creen que esta vía para luchar contra las descargas puede ser más
eficaz que el modelo francés, además de menos impopular.


2. ¿En qué consistirá ese procedimiento para cerrar una web?


El
primer borrador que se conoció de la reforma, que está dentro de la ley
de la Economía Sostenible, creaba una comisión, nombrada desde el
Ministerio de Cultura, con capacidad legal para ordenar el cierre de
una página web si consideraba que estaba cometiendo un delito contra la
propiedad intelectual. La comisión, según Cultura, sólo actuaría a
instancia de parte: a partir de una denuncia de un particular o de una
entidad de gestión que considerase que sus derechos estaban siendo
violados.

Tras las críticas a este
modelo, que permitía el cierre de una página web sin ningún tipo de
control judicial, el Gobierno rectificó parcialmente con un nuevo
protocolo, algo más complejo. El nuevo texto legal se conocerá hoy
lunes. Pero, por lo que ha contado hasta ahora el Gobierno, el gran
cambio consiste en que los magistrados de la sala de lo
Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional tendrán que visar
cada orden de cierre en un plazo máximo de cuatro días.


3. ¿Cuál será exactamente el papel del juez de la Audiencia Nacional?



Los jueces de la Audiencia Nacional no entrarán en el fondo de cada
caso ni impondrán los cierres -eso seguirá en manos de la comisión
ministerial-, sino que simplemente tendrán que decidir si ese cierre
administrativo vulnera algún derecho fundamental del ciudadano, como la
libertad de expresión. El Gobierno une este procedimiento al título V de la Ley de Jurisdicción Contencioso Administrativa,
que arbitra la protección de los derechos fundamentales cuando un órgano administrativo lesiona estos derechos.



4. ¿Es la propiedad intelectual un derecho fundamental?


Según el Gobierno, en boca del mismísimo ministro de Justicia, sí lo es.


Otros juristas no están de acuerdo. "La descarga ilícita de contenidos
protegidos afecta sólo a derechos 'patrimoniales' de los creadores, que
carecen por completo de esa categoría", argumenta el catedrático de derecho penal Nicolás García Rivas:
"Por muchas vueltas que le dé el Gobierno, el cierre de una página
'web' es una medida restrictiva de derechos individuales que debe
adoptarse con los criterios previstos en nuestra legislación para este
tipo de asuntos".

Según afirma el
abogado especialista en internet Carlos Sánchez Almeida, "toda página
web es una publicación, y el derecho a la libertad de expresión que se
ejerce en internet no puede ser restringido por ningún tipo de censura
previa: tal como establece el artículo 20 de la Carta Magna,
sólo podrá acordarse el secuestro de publicaciones, grabaciones y otros
medios de información en virtud de resolución judicial".

La postura de Almeida
no es muy distinta a la que defendía el PSOE hace ocho años, cuando
estaba en la oposición y el PP puso en marcha la LSSI, una ley que
ahora se amplía y que abrió la posibilidad de un cierre administrativo.
El PSOE entonces prometió derogar la ley y criticó que el cierre de una
web pudiese ser por la vía administrativa. "Esa tarea, según la
Constitución, corresponde a un juez", argumentaba entonces Alfredo Pérez Rubalcaba.



5. ¿Quién compondrá la comisión?


Aún
no está claro, pues dependerá del texto de un reglamento, que se
redactará después de que la ley sea aprobada por el Congreso y por el
Senado. Según el Ministerio de Cultura, la sala segunda de la Comisión
de Propiedad Intelectual estará formada por entre 4 y 6 personas: un
juez de prestigio, alguien del sector tecnológico, representantes de
internautas y consumidores, y representantes de los creadores y
entidades de gestión de derechos. Esta comisión recibirá las denuncias
y, si considera que están justificadas, enviará dos avisos a la web. Si
la web no responde o no retira las obras protegidas, ordenará el
cierre, que pasará por la Audiencia Nacional antes de ser efectivo. En
total, el procedimiento durará aproximadamente unos cuatro meses.


6. ¿Qué pasa si la web está fuera de España?


Si
la web está en un servidor extranjero, el cierre se hará efectivo a
través de los proveedores de acceso a internet, a través de Telefónica,
Ono, Jazztel y similares, que tendrán la obligación de bloquear en sus
servidores el acceso a esas páginas para los internautas españoles.
Esta solución es similar a la que adoptan países como China o Corea y
es de una extrema complejidad tecnológica, pues existen sistemas para
evitar estos filtros.


7. ¿Por qué se pone en marcha un protocolo rápido?



La industria cultural argumenta que el actual sistema legal es
demasiado lento. "Abrir una web ilegal cuesta un día, cerrarla más de
cuatro años", asegura Joan Navarro, el director de la Coalición de Industrias y Creadores de Contenidos,
el
lobby
del sector.



Sin embargo, tal y como responde el abogado especializado en internet
David Bravo, que ha defendido a varias páginas denunciadas por la
industria cultural, ya existen en la actual legislación sistemas para
evitar los supuestos daños que ocasiona una web sin esperar a la
sentencia: son las medidas cautelares, que establece la ley. "No sólo
el cauce que dicen que se necesita ya existe y con jueces incluidos,
sino que es de hecho el que está siguiendo la industria desde hace años
para perseguir la actividad de las páginas de enlace", argumenta Bravo:
"La diferencia que introduce el nuevo procedimiento que se pretende no
afecta a la necesidad de crear un cauce rápido -porque ese ya lo
tenemos-, la novedad real es que en ese procedimiento rápido el que
decide el cierre no será un juez sino una comisión del Ministerio de
Cultura".


8. ¿Por qué se escoge la Audiencia Nacional?


Según
el ministro de Justicia, Francisco Caamaño, porque en estos casos de
propiedad intelectual a través de internet es muy difícil ubicar en qué
lugar se encuentra la página web que infringe los derechos. Para que
esto sea posible, será necesario también una modificación de la Ley
Orgánica del Poder Judicial. Desde el Ministerio de Cultura creen que
centralizar en un solo juzgado este procedimiento permitirá que en
pocos meses se cree una jurisprudencia consistente. La elección de la
Audiencia, un juzgado mucho más expuesto a las presiones políticas, no
es inocente: el Gobierno quiere evitar que se den resoluciones dispares
que pongan en entredicho la conveniencia de este procedimiento.


9. ¿Cuenta el PSOE con apoyos suficientes para sacar adelante la reforma?


Está
por ver. La mayoría de los grupos parlamentarios en el Congreso se
opusieron, en su momento, a la primera redacción de esta reforma legal.
Sin embargo, aún no se han pronunciado sobre el nuevo texto, que hoy se
conocerá al detalle. En el caso del PP, la postura del partido está
pendiente de una reunión que está prevista para hoy lunes.


10. ¿Cuándo entrará en vigor?


Si la ley pasa todos los filtros, por mucho que se apuren los plazos, no estará en funcionamiento hasta la vuelta del verano.



FUENTE: http://www.estrelladigital.es/ED/diario/291594.asp

_________________
-----------------><-------------------
Volver arriba Ir abajo
Ver perfil de usuario http://pasatiempo.espanaforo.com
sefirot
ADMINISTRADOR
ADMINISTRADOR


Masculino
Cantidad de envíos: 1308
Edad: 37
Localización: por el mundo travianero
Fecha de inscripción: 14/03/2008

MensajeTema: Re: la famosa ley de descarga en ESPAÑA   Jue Ene 14, 2010 12:37 pm

De locos! Sale mas rentable robar el cd que descargarlo de la red... Es increible la desfachatez de este gobierno. Y, encima, se deja en manos de una "comision" el cierre pues no olvidemos que el juez solo cierra de forma cautelar ante denuncia de un particular o una sociedad (atencion pregunta del millon: ¿que particular va a denunciar las webs de descarga?¿que sociedad va a denunciar a las webs de descarga? Respuesta: particular=miembro de la SGAE,
SGAE=Sociedad General de Autores ¿Alguna duda al respecto?)
Pues si, estos señores son los mismos artifices de que se pague un canon por impresoras, discos duros, pendriver, memory card, scaners... y un largo etc. qante la maxima de que son usados para la pirateria. Por dios, si antes los presupuestos del estado llegaban en camiones cargados de cajas con xxx millones de folios (saben de donde sale el papel? pues de los arboles señor presidente preocupado por el medio ambiente) y ahora los llevan en unos CD

Patetico... Por cierto, ¿se atreveran a cerrar google o youtube? Dichas paginas utilizan contenidos que son propiedad de otros para hacer su negocio.
En vez de tanta chorrada e hipocresia tal vez deberian sacar formulas para hacer sus productos mas interesantes:
-> No puede ser que un padre de familia vaya al cine con sus 2 hijos y su señora a ver una pelicula infantil una tarde y le cueste, en el mejor de los casos, 6€x4=24€. A eso le sumamos las palomitas, refrescos y demas y la broma sale por 40€... Y luego escuchas que las pelis sacan en su primera semana el triople de lo invertido en rodarlas ¿?
-> N o puede ser que un cantante de moda saque un disquito cada dos añitos con 10 canciones que no llega a 40 minutos. Coño, George Dan sacaba un disco todos los veranos y se vendia de muerte en las gasolineras. Ahora hay que pagar 20 € por un cd original cuando eso cuesta 60 cd virgenes de los mas caros del mercado

Y asi podria segir colocando argumentos, pero ¿para que?
Volver arriba Ir abajo
Ver perfil de usuario http://melon.mundoforo.com
serjey
fumador pasiv@
fumador pasiv@


Masculino
Cantidad de envíos: 56
Edad: 31
Localización: entre tela y tela
Fecha de inscripción: 23/06/2008

MensajeTema: Re: la famosa ley de descarga en ESPAÑA   Jue Ene 14, 2010 10:23 pm

Creo que hay poco mas que añadir... otra "gran obra para la humanidad" del gobierno actual, a este ritmo ya podemos levantar el negocio inmobiliario pero en vez de casa habra que construir prisiones, porque todos no vamos a caber... jajaja

P.D. buen tema Juaneles...

_________________
Serjey Kun Spider

The best !!!
Volver arriba Ir abajo
Ver perfil de usuario
Francis drake
fumador pasiv@
fumador pasiv@


Masculino
Cantidad de envíos: 47
Edad: 18
Localización: españa
Fecha de inscripción: 13/10/2009

MensajeTema: Re: la famosa ley de descarga en ESPAÑA   Mar Ene 26, 2010 10:12 pm

haber cuanto le dura a la legislación la ley d los cojones jejejeje....como la ley omnimus ...
Volver arriba Ir abajo
Ver perfil de usuario
juaneles
ADMINISTRADOR
ADMINISTRADOR


Masculino
Cantidad de envíos: 2166
Edad: 30
Localización: El Ejido (Almeria)
Fecha de inscripción: 14/03/2008

MensajeTema: Re: la famosa ley de descarga en ESPAÑA   Sáb Ene 30, 2010 7:01 pm

bueno pues gracias a nuestro presidente del gobierno resulta que la jubilación en vez de a los 65 años sera a los 67 manda cojones jajaja este tio nos lleva a la puta ruina, no tienen trabajo los de 20 años van a tener curro los de 67 manda cojones me imagino a un viejo de 67 años poniendo copas en un pub o poniendo gasolina o lo que es peor karmele hasta los 67 madre de dios

conclusión este zapatero nos lleva ala puta ruina, lo que mas me jode que si en los tiempos del bigotes (aznar) se le hubiera ocurrido la brillante idea esta no habría ni un contenedor ni una cabina de telefónicas viva en España, pero como estas leyes las pone zapatero pues todo esta bien QUE ASCO DE SINDICATOS QUE ASCO DE ESPAÑA

_________________
-----------------><-------------------
Volver arriba Ir abajo
Ver perfil de usuario http://pasatiempo.espanaforo.com
 

la famosa ley de descarga en ESPAÑA

Ver el tema anterior Ver el tema siguiente Volver arriba 
Página 1 de 1.

Permiso de este foro:No puedes responder a temas en este foro.
PASATIEMPO :: Programas, Descargas y Cosas utiles :: Actualidad-
Publicar nuevo tema   Responder al tema